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Consejo Escolar

A continuación os ofrecemos algo de información sobre el papel del Consejo Escolar en los colegios públicos.

Las familias tenemos representación en el Consejo.  Para comunicarles cualquier duda, sugerencia, problema… sobre el funcionamiento del colegio, puedes escribir a la dirección consejoescolar@ampa-arincon.com
¿Qué es el Consejo Escolar?
Es el máximo órgano regulador en un centro educativo público.El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa. Los centros concertados y privados tienen un Consejo pero no es su máximo órgano regulador (porque dependen de una empresa).
 
¿Quién lo forma?
– Director
– Jefe de Estudios
– Secretario (con voz pero sin voto)
– 5 Padres (4 padres elegidos por votación de todo el centro y 1 elegido
en el AMPA)
– 5 Profesores elegidos por el claustro de profesores. Tanto los padres
como los profesores se renuevan de 2 en 2 cada dos años.
– 1 Representante del Ayuntamiento
– 1 Representante de los Servicios Administrativos, trabajadores no
docentes
 (secretario o el fisioterapeuta, el conserje, etc.)
 
¿Qué hace?
El Presidente del Consejo, que es el Director, convoca las reuniones. Tiene que
haber un mínimo de convocatorias al año de reuniones, al menos una reunión
por trimestre fuera del horario escolar. Se levanta Acta de cada reunión.

El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes atribuciones:

a) Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

b) Elaborar informes, a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.

c) Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.

d) Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.

e) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

f)  Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.

g) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.

h) Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.

i)  Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.

j)   Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.

k)   Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

l)    Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

¿Cómo se vota?
Se vota a mano alzada o en secreto, según se decida en la reunión.
Los ruegos y preguntas no figuran en el acta, por lo que buena parte de la
información más interesante no queda registrada.
 
¿De qué se habla?
Se habla de las cuentas, problemas de convivencia, asuntos del comedor,
actividades extraescolares, problemas con algunos docentes, las excursiones
o actividades que el centro vaya a hacer, etc.
Para que el Consejo sea operativo forma comisiones y de cada comisión se
ocupa un padre y un profesor (al menos)
Comisiones del Consejo Escolar
Fijas:
– Económica: ajusta los gastos e ingresos a un programa electrónico que les
da la Administración, prepara el informe económico que incluye también
los gastos que provienen de las becas, etc.
– Convivencia: sus deliberaciones son secretas para proteger a los menores
implicados. Esta comisión se convoca inmediatamente si hay problemas
graves. Según el conflicto se puede abrir un expediente a un alumno y cada
año este expediente queda anulado para el año siguiente. La apertura de
expediente (regulada por un protocolo de actuación rígido) se realiza de
manera escalonada: leve, grave y muy grave.
Otras:
– Comedor.
– Infraestructuras
– Festejos (día de la madre, del padre, etc.)
En la actualidad, en los centros públicos el Director ya no es elegido entre una
terna por votación del Consejo Escolar. Ahora lo designa la Dirección Territorial.
El candidato/os ha de presentar un equipo y un programa educativo para el
centro sobre los próximos 3 años.
Los concertados y privados dependen de una empresa.